Germán Landa, director de Normas Legales y Tributarias del Colegio de Contadores y funcionario de la SUNAT, explicó la importancia de conocer el Código Tributario, ya que la información que elaborada por los contadores será usada por la administración tributaria para verificar el pago de los impuestos correspondientes.
El expositor explicó que la contabilidad permite elaborar estados financieros que brindarán a las empresas la información que estas requieren. Este registro del hecho económico debe ser realizado de la manera más real posible pues debe generar convicción en los empresarios, lo cual hará que sea correctamente valorada. Por lo tanto el contador no limita su labor solo al registro de libros, sino que estará capacitado para brindar información útil sobre lo registrado y medir ganancias o pérdidas.
El proceso contable inicia con el registro de las ventas y compras, motor diario de la empresa, el cual genera ingresos y salidas de caja que permiten hacer un control, necesario para generar información oportuna y establecer claramente las proyecciones. El estado financiero, refirió Landa en la III Jornada de Innovación en Gestión y Tecnología organizado por el Instituto Continental, también revela la información sobre remuneraciones, y otros gastos y provisiones. Además un libro diario permite reconocer aquellos gastos que no significaron desembolso de dinero.
El código tributario consta de 4 libros, vida del tributo, facultades de la administración tributaria, procedimientos tributarios y sanciones e infracciones. «Este último libro es importante pues permite comunicar al cliente cual será la infracción, pero lo recomendado es no pasar el tiempo salvando sanciones, ya que la preocupación de la empresa es otra», refirió el expositor.
Además, añadió Landa, este cuerpo legal define el tributo como una prestación usualmente en dinero a favor del estado establecida por ley y establece una clasificación tripartita en impuestos, contribuciones y tasas, que a la vez se catalogan en vinculados y no vinculados, en función a la realización de una actividad estatal o a favor del contribuyente. Así mismo establece las especificaciones sobre el nacimiento de las obligaciones tributarias, que se encuentre en una norma tributaria y sea jurídicamente posible.