Estados Unidos sanciona a Perú con un arancel adicional de 12,5%, el más alto entre 60 economías sancionadas bajo la excusa del “trabajo forzoso”

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La cifra no es un detalle técnico: representa US$5,336 millones, el 49.7% de nuestras exportaciones a ese mercado, y compromete 2,166 de las 2,772 líneas arancelarias que sostienen miles de empleos en agroexportación, confecciones y otros sectores. Frutas, textiles, empresas y trabajadores absorberán un costo que no debieron pagar.

La pregunta que nadie quiere responder con claridad es esta:

¿Por qué el Perú, sabiendo que las exigencias laborales internacionales se endurecen, llegó a este punto sin una ley que lo protegiera?

El propio Mincetur ha reconocido algo revelador: Washington no demostró que el Perú exportará bienes producidos con trabajo forzoso. Lo que evaluó fue si el país contaba con una prohibición legal efectiva contra esas prácticas. Y la respuesta fue no. No fue un pecado de producción; fue un pecado de omisión legislativa. Perú fue castigado no por lo que hizo, sino por lo que no legisla a tiempo.

Aquí conviene ser tajante: la herramienta que usa Estados Unidos “la Sección 301 de la Trade Act de 1974” no es nueva ni improvisada. Es una norma de más de cincuenta años, ya cuestionada ante la OMC en el caso DS152, qué Washington reactiva cuando le conviene ejercer presión comercial unilateral. Trump no inventó un mecanismo; usó uno que llevaba décadas esperando en el cajón. Eso significa que el riesgo era previsible, y que la falta de anticipación peruana no puede excusarse como sorpresa.

Dicho esto, hay que ser objetivos también con el otro lado del tablero: estos aranceles son jurídicamente cuestionables. El sistema multilateral de la OMC descansa sobre el principio de nación más favorecida y los compromisos arancelarios de los artículos I y II del GATT. Imponer tarifas diferenciadas a 60 países sin negociación ni compensación bajo ese marco es, cuando menos, una fractura del orden comercial que Estados Unidos ayudó a construir. No es casualidad que China ya haya llevado el caso ante la OMC alegando exactamente esas violaciones. Washington, mientras tanto, responde apelando a excepciones como la seguridad nacional, un argumento elástico que le permite esquivar las reglas que exige a los demás.

Entonces conviven dos verdades incómodas.

  • Primera: Estados Unidos actúa con una lógica de poder que ignora el multilateralismo cuando le resulta útil, y eso merece ser denunciado en los foros internacionales con firmeza. 
  • Segunda: el Perú no puede refugiarse en la indignación como única estrategia. Culpar a Trump es fácil y, hasta cierto punto, justo; pero no exime a nuestros propios responsables de comercio exterior de la responsabilidad de haber llegado tarde con una ley que ya se veía venir.

Y aquí conviene hacer una pregunta incómoda sobre la propia OMC: 

¿Por qué un organismo que debería garantizar reglas parejas para todos termina siendo más severo con unos que con otros?

 La respuesta, en buena parte, tiene que ver con el poder financiero. Estados Unidos es uno de los principales aportantes del presupuesto de la OMC, y esa dependencia económica genera un incentivo perverso: sancionar con firmeza a Washington como ocurrió, por ejemplo, en disputas con Rusia o China resulta políticamente más viable que hacerlo con el país que financia buena parte de la organización.

 Si Estados Unidos amenaza con reducir sus aportes o retirarse, como ya lo ha hecho en otros organismos multilaterales, la OMC se debilita. Eso no la exime de aplicar sus propias reglas, pero sí explica por qué el reclamo de países como el Perú corre el riesgo de perderse en un sistema que, en la práctica, no siempre trata a todos sus miembros con el mismo rigor.

Pero el problema no termina allí; hay que nombrar directamente a los responsables. Mincetur no puede escudarse en el argumento de que “no había ley”: ese era precisamente su trabajo, anticiparse a que la hubiera. La delegación que viajó a Washington a explicarle a Estados Unidos que el trabajo forzoso “no era el problema real” del Perú, en lugar de llegar con una legislación ya aprobada bajo el brazo, llegó a defender un vacío legal con argumentos, no con normas.

La ruta hacia adelante exige dos frentes simultáneos, no uno excluyente del otro. Por un lado, aprobar sin más dilación la legislación anti-trabajo forzoso, cerrando el vacío que hoy nos cuesta 2.5 puntos porcentuales de arancel. Por otro, defender activamente en la OMC el principio de que ningún país, por poderoso que sea, puede reescribir unilateralmente las reglas que él mismo suscribió. Perú tiene argumentos legítimos para exigir trato igualitario; pero solo tendrá autoridad moral y jurídica para reclamarlo si primero ordenar su propia casa, y eso empieza por exigir cuentas a quienes tenían la responsabilidad y la preparación de evitar esta factura.

El costo de la indecisión ya no es hipotético: se mide en millones de dólares y en la competitividad de miles de exportadores peruanos. La lección es simple y dura a la vez: en el comercio global, el vacío legal deja de ser un tecnicismo jurídico y se convierte, tarde o temprano, en una factura que pagan los trabajadores, las empresas y el país entero.

En tanto a este tema llegamos a la conclusión de que, el comercio internacional cambia todos los días: nuevos aranceles, regulaciones y decisiones de los mercados pueden transformar las oportunidades de una empresa en cuestión de meses. Comprender estos escenarios es parte del trabajo de quienes gestionan negocios en un mundo globalizado.

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